Un conjunto de herramientas y recursos a disposición de las personas profesionales del sector cultural para eliminar las violencias machistas. Consta de tres ámbitos de actuación: Servicio de primera atención individualizada, para mujeres que hayan sufrido o personas testigo de agresiones machistas en el entorno laboral que ofrece acompañamiento psicológico y jurídico. Formaciones y recursos para detectar y prevenir estas violencias. Protocolo marco para prevenir y actuar en casos de violencia y acoso, que las diferentes organizaciones y empresas del sector de la cultura nacional pueden adoptar y adaptar.
Para prevenir y atender las violencias machistas en el contexto laboral del sector cultural a nivel nacional, mediante tres ejes de actuación:
De acuerdo al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, disponer de un protocolo es una obligación legal que se contempla como una de las medidas específicas para prevenir delitos y conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, especialmente el acoso sexual y el acoso por razón de sexo de acuerdo.
Las violencias machistas y LGTBI-fóbicas son vulneraciones de los derechos humanos como manifestación de la discriminación y la desigualdad. Parten de un abuso de poder al que se añaden otros componentes de género y/o interseccionales (como la discapacidad, raciales y/o de de orientación sexual…). Estas violencias pueden traducirse en formas de violencia variadas como la violencia psicológica, física, sexual, digital o digital, entre otras.
Estas vulneraciones de los derechos humanos de las mujeres, menores y adolescentes son una manifestación de la discriminación y desigualdad.
Esto ocurre de una forma colectiva y estructural, no solamente de forma individual, ya que estas violencias se producen y reproducen de forma sistemática y no se limitan a una cultura, región o país en particular, ni a grupos específicos de mujeres.
Aunque la situación de unas y otras mujeres puede ser diversa, esa situación de subordinación violenta con respecto a los hombres se manifiesta de muy variadas formas.
La Unidad pone a tu disposición un glosario y recursos gráficos que acompañan al protocolo y que permitirán identificar qué conductas y que grados tienen los actos de acoso y de violencias machistas.
Recomendamos contactar con el Servicio de atención individualizada si se tienen dudas. Allí podrán dar una primera orientación sobre tu caso y ayudar si es necesario.
Se puede consultar también el glosario de términos y los recursos gráficos de la Unidad que permitirán identificar qué conductas y que grados tienen los actos de acoso y de violencias machistas.
La persona instructora de tu empresa será la responsable de gestionar la situación. Cualquier profesional del sector cultural debe contar en todo momento con la información, el nombre y el contacto de la persona de referencia de su empresa u organización en estos casos.
Esa persona será la responsable de atender correctamente a la víctima y activar el protocolo en caso de que se solicite.
También se puede contactar con el Servicio de atención individualizada de la Unidad para más información.
Se debe contactar con la persona de referencia de la empresa o entidad para estas situaciones. Esa persona, deberá atender la situación y activar el protocolo si es preciso.
También, en este caso, se podrá consultar al Servicio de primera atención individualizada de la Unidad.
Siempre se debe acompañar a la persona que haya sufrido acoso o abuso de la mejor forma posible para evitar al máximo que vuelva a revivir el dolor mientras relata lo sucedido. Es un paso muy difícil para una víctima el hecho de compartir una situación de abuso. Se recomienda entre otras acciones:
Cualquier mujer CIS o TRANS que forme parte del ámbito profesional de la cultura y/o audiovisual, que quiera información sobre el tema, que esté viviendo o haya vivido una situación de violencia sexual; que haya sido víctima de acoso o abuso, incluyendo el acoso sexual, abuso de poder y humillación por razón de género u orientación sexual o también personas profesionales del sector que hayan presenciado o conozcan una situación de violencia machista en el desarrollo de su trabajo y necesiten informarse al respecto.
A mujeres CIS o TRANS trabajadoras del ámbito audiovisual y cultural, en cualquiera de sus departamentos u oficios, que estén viviendo o hayan vivido una situación de violencia sexual, acoso o abuso, o discriminación por razón de género, que necesiten información sobre situaciones de acoso o violencias machistas en el ámbito laboral.
También pueden recurrir a la Unidad personas de cualquier género que hayan presenciado o conozcan una situación de violencia machista en el desarrollo de su trabajo en el ámbito cultural para recibir información sobre cómo actuar ante estas situaciones.
Cualquier situación de violencia sexual, acoso o abuso, incluyendo el acoso sexual, abuso de poder y humillación por razón de género u orientación sexual, que haya tenido lugar en el ámbito laboral dentro del sector cultural nacional.
El Servicio es totalmente gratuito y confidencial; no requiere que haya denuncia previa y es un servicio online y telefónico que ofrece información, orientación y una primera atención psicológica o jurídica..
Las personas que contacten con el Servicio serán atendidas por profesionales cualificadas especializadas en el sector cultural de la Fundación Aspacia.
El Ministerio de Cultura y la Academia de Cine nunca accederán a los datos. El servicio está disponible exclusivamente para personas mayores de 18 años.
Para acceder al Servicio, es necesario solicitar cita previa en el teléfono 651 684 584 en horario de 10:00 a 14:00 horas (lunes, miércoles y viernes); y de 16:00 a 18:00 horas (martes y jueves).
O a través del email unidadviolenciasmachistas@fundacion-aspacia.org
Todas las consultas y correos se atienden a la mayor brevedad posible y en los horarios del servicio, excepto los días que coincidan con festivos nacionales, el mes de agosto y semana de navidad.
El Servicio está gestionado por la Fundación ASPACIA, organización no gubernamental feminista, cuyos fines son prevenir y erradicar todas las formas de violencia de género contra las mujeres, en especial la violencia sexual, desde una perspectiva feminista y con un enfoque de género, derechos humanos e interseccional.
El Servicio de primera atención no es un servicio de urgencia. En caso de estar viviendo una situación que requiera una intervención urgente, puedes llamar al 112 para ser atendida. A este servicio le es imposible atender una situación de urgencia ni de emergencia. La Unidad no puede atender la violencia de género en la pareja y expareja.
Es un servicio exclusivamente para personas mayores de 18 años que atiende situaciones de violencias machistas en contexto profesional cultural.
Sí, sin duda. El Servicio ofrece a las afectadas una primera atención psicológica y jurídica, además de resolver las dudas al respecto, sin que sea necesario que haya una denuncia previa o posterior.
En la primera sesión se analiza el caso y las necesidades específicas de atención, no es posible definir un límite. El Servicio de atención siempre derivara a las supervivientes a las referencias de los recursos que necesite.
El servicio de atención jurídica no puede ofrecer acompañamiento a las visitas judiciales.
En la primera sesión se analiza el caso y las necesidades específicas de atención, no es posible definir un límite. El Servicio de atención siempre derivara a las supervivientes a las referencias de los recursos que necesite.
El Servicio de atención de la Unidad, trabaja bajo principios de confidencialidad y transparencia y no pude compartir con nadie la información de las consultas y atenciones que se ofrecen desde la Unidad.
El Servicio de atención de la Unidad no puede atender a menores de edad y está diseñado para atender situaciones de acoso en entornos profesionales del sector cultural. Analiza las consultas y necesidades de cada caso y ofrece la información y recursos que puedan aplicar. Contacta con el Servicio en caso de duda.
Sí, contacta con el Servicio de atención, atenderá y analizará cada caso para ofrecer la información y referencia de recursos que apliquen en cada caso.
Todas las empresas independientemente de su tamaño tienen la obligación legal de contar con un protocolo y de informar de su existencia así como de las personas de referencia para la comisión instructora.
Cualquier organización o empresa, personas trabajadoras del sector cultural, de cualquier género, profesionales y docentes de escuelas y centros de formación cultural (escuelas de cine, conservatorios…), estudiantes de las diversas ramas del sector y otras personas profesionales asociadas al sector cultural. Las formaciones tienen un alcance mayor ya que forman parte de medidas de prevención.
Como parte de las medidas de prevención y actuación contra las violencias machistas, la Unidad impartirá sesiones de sensibilización e información para detectar situaciones de violencia, e informar sobre el Servicio de atención y el protocolo que ofrece la Unidad. Además, se pueden descargar otros documentos gráficos que servirán para facilitar la labor de transformar el sector cultural en un espacio libre de violencias.
Sigue las redes sociales de la Academia de Cine, la Fundación Aspacia y el Ministerio de Cultura para enterarte de todas las formaciones.
Sí, por supuesto. Como profesional o persona aspirante a trabajar en el sector de la cultura es fundamental que sepas también prevenir, detectar y reparar las violencias machistas o situaciones de acoso que se puedan producir en tu entorno profesional.
Es un documento legal marco elaborado por la Unidad. El Observatorio de Igualdad de Género en la Cultura participó de las consultas previas a su presentación.
La Unidad pone al servicio del sector cultural este protocolo marco que podrán usar todas las empresas y organizaciones que aún no dispongan de él. Si una organización o empresa todavía no tienen un protocolo anti acoso, puede utilizar esta propuesta para cumplir así con la normativa legal que obliga a las empresas y organizaciones a contar con esta herramienta de prevención y atención de violencias machistas.
Para quienes ya disponen de un protocolo, los documentos descargables pueden servir para afianzar sus objetivos de prevención y detección de las violencias machistas en su entorno de trabajo.
Las empresas culturales pueden adherirse al protocolo de la Unidad de forma gratuita, añadiendo un anexo sectorial específico de su especialidad o sector cultural que identifique situaciones de riesgo inherentes a sus procesos y actividades.
La Unidad está abierta a recibir sugerencias y aportaciones de ámbitos sectoriales culturales que no estén todavía desarrollados en el anexo del protocolo marco. El correo al que se pueden enviar las sugerencias es sugerenciasyquejas@unidadculturasinviolencia.es
En esta sección de la web, además, se alojan otros modelos de protocolo y referencias de buenas prácticas de otras entidades.
Existen también multitud de asociaciones profesionales y entidades con la experiencia necesaria para asesorarte si deseas crear un protocolo ad hoc para tu entidad desde cero.
Todas las empresas, organizaciones, personas autónomas y/o entidades del sector cultural independientemente de su tamaño que todavía no cuenten con un protocolo anti acoso.
El protocolo se incluye como una de las medidas obligatorias para prevenir delitos y conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, especialmente el acoso sexual y el acoso por razón de sexo de acuerdo al artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
El texto del protocolo marco no podrá ser modificado. Únicamente se podrán incorporar los anexos sectoriales que se consideren necesarios y que no incluya el protocolo.
Si la empresa ya cuenta con un protocolo y quiere actualizar su contenido incluyendo mejoras detectadas, si puede, y está obligada a informar de toda modificación aplicada al protocolo vigente, a las personas con las que trabaja/colabora y hacerles llegar una copia del mismo, indicando quién es la persona de referencia en la organización o empresa ante estos casos.
Las personas responsables de una empresa u organización, pueden identificar las situaciones de mayor riesgo o vulnerabilidad en el desarrollo del trabajo de sus equipos, dichas situaciones deben incorporarse en el protocolo, como anexo.
Los protocolos antiacoso son una obligación de cumplimiento legal para cualquier empresa u organización independientemente de su tamaño.
Los protocolos antiacoso son también una herramienta de sensibilización, prevención y actuación ante el acoso y abuso, por esa razón, todas las personas deben contar con información sobre las conductas constitutivas de acoso y abuso para reconocer las violencias machistas y conocer las herramientas para prevenirlas, denunciarlas y gestionarlas correctamente.
Sí, esta obligatoriedad se extiende a personas autónomas que cuenten con personas trabajadoras a su cargo.
Las personas trabajadoras autónomas también deben contar con un protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo, según el art. 48 de la Ley Orgánica 3/2007 de Igualdad Efectiva entre hombres y mujeres.
Aunque una persona profesional sea freelance, tendrá personas colaboradoras, proveedoras u otras personas que sean clientes. Se puede utilizar el que ofrece la Unidad así como sus materiales anexos.
La adopción y activación de un protocolo anti acoso es obligatoria en cualquier organización o empresa sea del sector cultural o no, independientemente de su tamaño, considerándose su ausencia o no activación cuando es preciso una falta muy grave.
La Unidad facilita a las empresas del sector cultural cumplir esta obligación legal y acceder a un protocolo marco. Así mismo, aunque no sea obligatorio en empresas de menos de 50 personas tener un plan de igualdad, es una de las primeras medidas de prevención básica que se recomienda frente al acoso.
Todas las empresas, independientemente de su tamaño o sector, están obligadas por ley a disponer de medidas específicas para prevenir y actuar frente al acoso laboral, sexual o por razón de sexo.
Por ello, la ausencia —o aplicación deficiente— de un protocolo anti acoso puede acarrear consecuencias legales, laborales, organizativas y reputacionales para la entidad.
La legislación laboral española obliga a las empresas a garantizar un entorno de trabajo seguro y libre de acoso, por lo que no contar con un protocolo o medidas preventivas, o aplicarlas ineficazmente, puede ser interpretado como un incumplimiento de la obligación de proteger la integridad y la dignidad de las personas trabajadoras.
Entre las posibles consecuencias legales se incluyen:
Las empresas y organizaciones pueden solicitar el acompañamiento de expertas en atención de violencias machistas. La Unidad dispone de un servicio de consulta a las entidades y organizaciones que necesiten información sobre este aspecto. Para esa consulta es necesario escribir al correo protocolocultura@fundacion-aspacia.org
La persona o personas de la comisión instructora deben tener formación en igualdad y en una correcta detección y abordaje de las violencias machistas y lgtbifóbicas en contextos profesionales. Será preciso, por tanto, que realicen una formación específica, para garantizar que podrán manejar los casos de una manera profesional y respetuosa.
La Unidad ofrecerá recursos y formaciones gratuitas a profesionales del sector cultural a lo largo del año en materia de prevención y detección de violencias machistas.
El anuncio de las próximas formaciones en las redes del Ministerio de Cultura, la Academia de cine y Fundación Aspacia.
Cada empresa u organización, al comprometerse con las medidas que conforman este protocolo, entiende que la transformación de nuestra industria es una tarea colectiva que requiere la implicación de todas las personas profesionales. Por ello manifiesta expresamente su compromiso público con:
– Adoptar una actitud proactiva en la prevención del acoso, sensibilización e información de comportamientos de violencia machista.
– Difundir el protocolo y otras buenas prácticas en su entorno laboral.
– Implementar las medidas que sean necesarias para gestionar las quejas y denuncias que puedan suceder.
– Resolver cada caso, aplicando correctamente el protocolo, y se recomienda, si es preciso, contar con profesionales especialistas en igualdad para ello.
El protocolo se aplica a todas las personas que participan en estos entornos, incluyendo personas empleadas a tiempo completo y parcial, personas con con contrato mercantil, subcontratistas, personal de agencias, personas becarias, personas que realizan voluntariados o que disfrutan de una beca, personas integrantes o asociadas de cualquier entidad de naturaleza fundacional o asociativa (siempre y cuando compartan espacios de actividad profesional), y cualquier otra persona que, aunque no tenga un contrato formal, realice funciones asimilables a las profesionales dentro de estas entidades u organizaciones.
De acuerdo con el protocolo, la empresa u organización que es conocedora de una agresión está obligada a activarlo.
La persona que ha sido testigo puede solicitar la activación del protocolo siempre y cuando la víctima esté de acuerdo.
Es un derecho de la víctima solicitar la activación del protocolo pero no está obligada.
Si los hechos afectan a personas menores o personas vulnerables, la comunicación es obligatoria.
El protocolo de la Unidad incluye el anexo “MEDIDAS PREVENTIVAS ESPECÍFICAS DEL SECTOR AUDIOVISUAL”. Así mismo, todas las empresas y organizaciones del sector cultural tienen la obligación legal de contar con un protocolo de actuación y darlo a conocer a sus personas empleadas y colaboradoras. Las medidas específicas del sector audiovisual que incluye el protocolo de la Unidad pueden implementarse y agregarse a los protocolos ya existentes dentro de las empresas u organización.